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Obligaciones del Nuevo Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) de la Dirección del Trabajo

El día de hoy queremos compartir con Usted nuestra última publicación titulada Nueva obligación de informar mensualmente el Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) a la Dirección del Trabajo.

En esta publicación revisamos las nuevas obligaciones que tendrán las empresas para con sus trabajadores, contenidas en la Ley de Modernización de la Dirección del Trabajo, normativa que fué promulgada el primer semestre de este año 2021 y que instruye diferentes disposiciones legales que amplían sus posibilidades de fiscalización, tecnologiza sus procedimientos y a su vez exige a las empresas el envío constante de información laboral de los trabajadores.

A continuación te contamos de uno los aspectos mas relevantes que impone la ley:

 

  •      El Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) es una plataforma electrónica puesta a disposición de los empleadores en el portal web de la Dirección del Trabajo (www.direcciondeltrabajo.cl), a fin de que informen estandarizada y mensualmente los pagos de remuneraciones, asignaciones, otros beneficios e indemnizaciones, efectuados a sus respectivos trabajadores. En esta plataforma las empresas deberán informar mensualmente el detalle de sus trabajadores, sueldos, bonos, gratificaciones, descuentos y montos líquidos pagados.
  •      El Servicio de Impuestos Internos (SII) por su parte ha establecido que este nuevo Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) sustituirá el libro auxiliar de remuneraciones que las empresas debían llevar en libros empastados o en hojas foliadas.
  •      El plazo máximo para enviar la información del Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) es el día 15 del mes siguiente a aquel en que se liquidan las remuneraciones. Si este plazo recayera en domingo o festivo el plazo se amplía hasta la medianoche del día hábil siguiente.
  •      Todas las empresas estarán obligadas a enviar el Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) independiente de de la cantidad de trabajadores que tengan, ya que esta plataforma estará conectada con el Servicio de Impuestos Internos (SII) y su envío será también parte del cumplimiento tributario de las empresas;
  •      La obligación de envío del nuevo Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) comenzará a regir a contar de las remuneraciones mes de Agosto, las que según lo descrito, deberán ser informadas a la Dirección del Trabajo a través de su plataforma hasta el día 15 de Septiembre.

 

En caso de dudas recuerda que siempre puedes comunicarte con tu ejecutivo de cuentas, estarémos atentos para colaborar contigo,

Saludos
Equipo Grupo Asesor.