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El día de hoy queremos hacer una revisión a la modificación al porcentaje de retención de las Boletas de Honorarios a contar el 01 de Enero de 2024, lo anterior como consecuencia de la ley 21.133 que establece que los trabajadores independientes deben cotizar para salud y pensiones, es por ello que año a año el porcentaje de retención irá subiendo para finalmente llegar a un 17% en el año 2028.
Para este año 2024, la tasa de retención de las Boletas de Honorarios será de un 13,75%
En caso de que tu empresa contrate trabajadores independientes con Boletas de Honorarios debes considerar que desde este año deberás incrementar el monto de la retención al trabajador.
Al contratar un trabajador independiente debes tener en cuenta que además del monto “líquido” que deberás pagar al profesional que contrates, tienes que pagar también la retención de la boleta de honorarios; a continuación la formula para calcular el monto bruto (“costo empresa”) del monto líquido a pagar a través de una Boleta de Honorarios:
* Este cálculo no considera eventuales retenciones por pago del Préstamo Solidario, en caso de que requieras asistencia con el cálculo de tus honorarios brutos o líquidos recuerda que puedes contactar con tu ejecutivo de cuentas.